CÁPSULAS

Permisos o licencias para el personal judicial con goce de salario y sin sustitución que pueden valorar y conceder las jefaturas - Estos permisos los pueden valorar y conceder las jefaturas de las oficinas al personal del Poder Judicial, sin necesidad de hacerlos del conocimiento del Consejo Superior.

Autorización a todo servidor que va a acompañar a su cónyuge o compañera de hecho, para que asistan al curso de preparación para el parto, debiendo comprobar ante la jefatura su asistencia.
Las jefaturas de los distintos programas en general, Ministerio Público, Defensa Pública, Dirección General del Organismo de Investigación Judicial y Dirección Ejecutiva, concederán permisos con goce de salario sin sustitución hasta por cinco días, a las personas servidoras que estén a su cargo, únicamente para cuando estos requieran asistir a cursos de capacitación, tanto dentro como fuera del país.

Para conocer más detalle consulte el Aviso N° 13-2015 (Plan de vacaciones colectivas del Poder Judicial 2015-2016) y el acta del Consejo Superior N° 003-07, Art. XCVIII.
 
Consejo Superior del Poder Judicial
Departamento de Prensa y Comunicación Organizacional
Poder Judicial: fortaleza de nuestra Democracia
 
Permisos o licencias para el personal judicial con goce de salario y sin sustitución que pueden valorar y conceder las jefaturas -

Estos permisos los pueden valorar y conceder las jefaturas de las oficinas al personal del Poder Judicial, sin necesidad de hacerlos del conocimiento del Consejo Superior.

  • Autorización a todo servidor que va a acompañar a su cónyuge o compañera de hecho, para que asistan al curso de preparación para el parto, debiendo comprobar ante la jefatura su asistencia.
  • Las jefaturas de los distintos programas en general, Ministerio Público, Defensa Pública, Dirección General del Organismo de Investigación Judicial y Dirección Ejecutiva, concederán permisos con goce de salario sin sustitución hasta por cinco días, a las personas servidoras que estén a su cargo, únicamente para cuando estos requieran asistir a cursos de capacitación, tanto dentro como fuera del país.

Para conocer más detalle consulte el Aviso N° 13-2015 (Plan de vacaciones colectivas del Poder Judicial 2015-2016) y el acta del Consejo Superior N° 003-07, Art. XCVIII.

 

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