Deber de puntualidad del personal judicial al inicio de las diligencias judiciales -
Circular N° 162-2014 del Consejo Superior
Es obligación de todos los servidores y las servidoras judiciales cumplir con e horario de labores del Poder Judicial y respetar en forma absoluta la hora de inicio señalada de previo para la iniciación de las diligencias judiciales.
Todos los servidores y servidoras judiciales debemos actuar con probidad e integridad.
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