CÁPSULAS

La beligerancia política de las funcionarias y funcionarios públicos es una conducta ilícita - Las funcionarias y funcionarios públicos responsables de cometer beligerancia política(*) pueden recibir una sanción como la revocatoria de nombramiento, la destitución del puesto que ostentan y la inhabilitación para ocupar cargos públicos.
Por ello es importante conocer cuáles son las prohibiliciones en términos de participación política, a fin de no incurrir en una conducta con consecuencias gravosas por desonocimiento de la ley.
Las sanciones para las funcionarias y funcionarios públicos que incurran en beligerancia política están previstas desde la propia Constitución Política, la Ley Orgánica del Poder Judicial y complementadas en el Código Electoral.
(*) La beligerancia política es la prohibición absoluta de realizar cualquier tipo de actividades políticas electorales a los funcionarios y funcionarias del Estado, ya que solo está permitido emitir el sufragio en las elecciones nacionales. 
 
2021- Consejo Superior / Sección de Comunicación Organizacional. Depto. de Prensa y Comunicación OrganizacionalPoder Judicial: fortaleza de nuestra Democracia
La beligerancia política de las funcionarias y funcionarios públicos es una conducta ilícita -

Las funcionarias y funcionarios públicos responsables de cometer beligerancia política(*) pueden recibir una sanción como la revocatoria de nombramiento, la destitución del puesto que ostentan y la inhabilitación para ocupar cargos públicos.

Por ello es importante conocer cuáles son las prohibiliciones en términos de participación política, a fin de no incurrir en una conducta con consecuencias gravosas por desonocimiento de la ley.

Las sanciones para las funcionarias y funcionarios públicos que incurran en beligerancia política están previstas desde la propia Constitución Política, la Ley Orgánica del Poder Judicial y complementadas en el Código Electoral.

(*) La beligerancia política es la prohibición absoluta de realizar cualquier tipo de actividades políticas electorales a los funcionarios y funcionarias del Estado, ya que solo está permitido emitir el sufragio en las elecciones nacionales. 

 

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