CÁPSULAS

Prohibición del personal judicial para participar en procesos políticos-electorales - El personal judicial tiene prohibición para:

Participar en procesos políticos electorales, salvo la emisión de su voto en elecciones nacionales (como por ejemplo las Elecciones Municipales y las Elecciones Presidenciales).
Tomar parte activa en reuniones, manifestaciones y otros actos de carácter político electoral o partidista. 
Votar en elecciones internas de agrupaciones políticas.

Fuentes:
Circular N° 162-2013 del 19 de setiembre de 2013 del Consejo Superior.
Ley Organica del Poder Judicial, artículo 9 incisios 5 y 6.
 
2021- Consejo Superior / Sección de Comunicación Organizacional. Depto. de Prensa y Comunicación OrganizacionalPoder Judicial: fortaleza de nuestra Democracia
Prohibición del personal judicial para participar en procesos políticos-electorales -

El personal judicial tiene prohibición para:

  • Participar en procesos políticos electorales, salvo la emisión de su voto en elecciones nacionales (como por ejemplo las Elecciones Municipales y las Elecciones Presidenciales).
  • Tomar parte activa en reuniones, manifestaciones y otros actos de carácter político electoral o partidista. 
  • Votar en elecciones internas de agrupaciones políticas.

Fuentes:

Circular N° 162-2013 del 19 de setiembre de 2013 del Consejo Superior.

Ley Organica del Poder Judicial, artículo 9 incisios 5 y 6.

 

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Poder Judicial: fortaleza de nuestra Democracia